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Política

Sectores políticos piden al Registrador negar el decreto de la consulta popular y dicen que “carece de sustento jurídico”

Las colectividades advierten que la convocatoria a las urnas haría que se invierta gran parte del presupuesto nacional.

El registrador Hernán Penagos recibió carta en donde le advierten en no convocar a las urnas la consulta popular.
El registrador Hernán Penagos recibió carta en donde le advierten en no convocar a las urnas la consulta popular. | Foto: Bernardo Peña / El País

13 de jun de 2025, 12:23 a. m.

Actualizado el 13 de jun de 2025, 12:23 a. m.

La convocatoria a la consulta popular por parte del Gobierno Nacional a través del decreto que firmó el presidente Gustavo Petro y sus ministros, sigue generando un ambiente de polémica en el país. Tanto juristas como sectores de la oposición consideran que es inconstitucional porque se desconoce la decisión del Senado que hundió la iniciativa.

En ese contexto, nueve partidos políticos, algunos de oposición y otros independientes, emitieron una carta dirigida al Registrador Nacional, Hernán Penagos, a quien le solicitan negar la aplicación del Decreto 0639 de 2025.

“En su defecto lo inaplique mediante la excepción por inconstitucionalidad, conforme lo permite el artículo 4 de la Constitución Política de Colombia”, argumentan las bancadas.

Marcha a favor de la consulta popular y de las reformas del gobierno del presidente Gustavo Petro
La consulta popular sería convocada para el 7 de agosto del 2025. | Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA / SEMANA

Además, consideran que el decreto carece de sustento jurídico y que viola de manera directa todos los principios que establece la Constitución Política

“El decreto, que convoca a una consulta popular nacional, es considerado como carente de sustento jurídico y en abierta contradicción con el orden constitucional vigente. Según los partidos, la norma vulnera directamente varios principios y disposiciones fundamentales de la Constitución Política”, se lee en la misiva.

Como evidencia de lo anterior, las colectividades ponen en énfasis los siguientes artículos de la Carta Magna y algunas leyes estatutarias:

  • El Estado Social de Derecho y el principio de soberanía popular (Artículos 1 y 3). La separación de poderes y los límites constitucionales del presidente de la República (Artículos 4, 113 y 121).
  • El derecho al debido proceso (Artículo 29).
  • Y, de forma particularmente grave, el mandato expreso del Senado de la República, que el pasado 14 de mayo negó formalmente la solicitud del Gobierno de convocar a consulta, requisito indispensable según el artículo 104 de la Constitución y las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015.
Carta de partidos de oposición e independientes dirigida al registrador nacional.
Carta de partidos de oposición e independientes dirigida al registrador nacional. | Foto: Suministrada para El País

En el párrafo de conclusión, señalan que además de la inconstitucionalidad del decreto, la consulta popular haría que se invierta gran parte del presupuesto nacional para la convocatoria hacia las urnas. Asimismo, esperan que el registrador actúe conforme a la ley para defender la estabilidad democrática.

“Los partidos advierten que permitir la ejecución de dicho decreto, pese a su manifiesta inconstitucionalidad, sentaría un grave precedente institucional y comprometería recursos públicos en una convocatoria sin sustento legal. Por ello, instan al Registrador Nacional a ejercer con firmeza su deber constitucional, protegiendo el marco jurídico y la estabilidad democrática del país”, puntualizaron.

Los partidos firmantes de la carta son: Centro Democrático, Cambio Radical, Partido Conservador, Partido Liberal, Colombia Justa Libres, Mira, Verde Oxígeno, Liga de Gobernantes Anticorrupción y Nuevo Liberalismo.

Comunicador social, periodista, y especialista en Escritura Creativa en Nuevos Medios de la Universidad Autónoma de Occidente. Periodista web de El País desde el 2023. Experiencia en periodismo escrito con énfasis en política y conflicto armado, en fotografía y edición de productos sonoros.

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