El pais
SUSCRÍBETE

GUSTAVO PETRO

No hay quien dirija: se cayó el nombramiento de César Ferrari en el Plan de Desarrollo

El Gobierno actual planeaba para finales de la semana pasada asumir el cargo, y además tener para septiembre un primer borrador del Plan Nacional de Desarrollo, sin embargo, se habría caído porque, por impedimentos en la legislación, no se podría posesionar.

17 de agosto de 2022 Por: Colprensa
César Ferrari, director del Departamento Nacional de Planeación. | Foto: Foto: Universidad Externado

Uno de los primeros anuncios del presidente, Gustavo Petro, fue el nombramiento de César Ferrari en la dirección del Departamento Nacional de Planeación (DNP). Sin embargo, se habría caído porque, por impedimentos en la legislación, no se podría posesionar.

El Gobierno actual planeaba para finales de la semana pasada asumir el cargo, y además tener para septiembre un primer borrador del Plan Nacional de Desarrollo, la hoja de ruta de los planes del Gobierno, de hecho ya se habría comenzado con la redacción de todo el texto e incluso Ferrari estaba al frente de varios de esos puntos para su revisión y sustentación ante el presidente Petro. Esto es una primera barrera para el paso a paso de esta administración en los objetivos de la Casa de Nariño y todos sus ministerios.

Lea también: "El debate está centrado en que la jornada nocturna inicie a las 6:00 p.m.": MinTrabajo

Ferrari, ingeniero civil de la Universidad Católica del Perú, master en planificación regional y urbana de la New York University, y doctor en Economía de Boston University, tiene tres nacionalidades: la italiana, por sangre; la peruana, por nacimiento; y la colombiana, por adopción.

Los inconvenientes

El problema con su nombramiento radica en que la Ley 43 de 1993 establece los límites que tienen quienes obtuvieron la nacionalidad colombiana por esta vía para el desempeño de ciertos cargos públicos. Estos son: presidente y vicepresidente; senadores; magistrados de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo Superior de Judicatura; fiscal general; miembros del Consejo Nacional Electoral y registrador Nacional; contralor general; procurador general, ministros de Relaciones Exteriores y Defensa; miembros de las Fuerzas Armadas en calidad de oficiales y suboficiales; directores de los organismos de inteligencia y de seguridad; y los que determine la ley.

Además, el artículo 29, sobre las limitaciones a los colombianos por adopción con doble nacionalidad, se establecen restricciones adicionales. Además a los ya mencionados, se incluyen congresistas y ministros y directores de departamentos administrativos. Ese último escenario es el que tendría en problemas la posesión de Ferrari en la dirección del DNP, que por sus características puede definirse como un departamento administrativo.

Descarga la APP ElPaís.com.co:
Semana Noticias Google PlaySemana Noticias Apple Store

Regístrate gratis al boletín diario de noticias

AHORA EN Política