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¿Cómo funcionará la Ley Seca en Bogotá? Abecé de la norma

Durante estos períodos, queda prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas de cualquier tipo en espacios públicos.

25 de octubre de 2023 Por: Redacción El País
Habrá Ley Seca durante las elecciones regionales.
Habrá Ley Seca durante las elecciones regionales. | Foto: Getty Images

El viernes 20 de octubre se dio a conocer el decreto que establece las medidas de orden público para las elecciones regionales en Colombia, que se llevarán a cabo el próximo domingo 29 de octubre. Estas elecciones son cruciales, ya que determinarán quiénes ocuparán los cargos de alcalde, gobernador, concejal y edil, entre otros puestos importantes.

El propósito principal de estas medidas es garantizar un ambiente democrático y seguro durante el proceso electoral, fomentando la participación activa de los ciudadanos y protegiendo los derechos de los votantes. Se ha enfocado en crear un entorno donde los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto de manera libre y sin intimidación.

Restricciones de licor durante la jornada de elecciones. | Foto: Semana. Pilar Mejía.

Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de estas medidas conllevará sanciones, que pueden incluir multas significativas o incluso la privación de la libertad. Esto subraya la seriedad con la que el gobierno colombiano toma la integridad del proceso electoral y la necesidad de que todos los ciudadanos cumplan con estas regulaciones para mantener la transparencia y la equidad en las elecciones regionales.

¿Cuándo empieza la Ley Seca en Bogotá?

Desde las 6:00 de la tarde del 28 de octubre hasta las 6:00 de la mañana del 30 de octubre, la Ley Seca será implementada. En caso de una segunda vuelta electoral, las restricciones estarán vigentes desde las seis de la tarde del sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana del día lunes 20 de noviembre de 2023, según lo estipulado en el artículo 19 del decreto 1702 de 2023.

Durante estos períodos, queda prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas de cualquier tipo en espacios públicos. Quienes violen esta disposición estarán sujetos a una multa de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 1801 de 2016. Esta multa, clasificada como tipo 4, implica el pago de 32 salarios mínimos diarios, lo que equivale a aproximadamente 1.237.300 pesos.

¿Es posible pedir licor a domicilio durante la Ley Seca?

De acuerdo con el comunicado del Ministerio de Interior, la respuesta es negativa. Además, el Artículo 19 del mismo documento establece una prohibición total en todo el país respecto a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas.

Por lo tanto, resulta evidente que durante la Ley Seca de este fin de semana, está terminantemente prohibido tanto el consumo como la venta de bebidas alcohólicas, ya sea en tiendas o mediante servicios a domicilio.

¿Es posible pedir licor a domicilio durante la Ley Seca?

Otros aspectos a tener en cuenta

Restricción al porte de armas

Durante el período que va desde las seis de la mañana del sábado 28 de octubre hasta las seis de la mañana del lunes 30 de octubre, se ordena la suspensión de los permisos para portar armas por parte de la fuerza pública. En caso de ser necesario, las autoridades militares podrán extender este plazo para evitar posibles disturbios en el orden público, sujeto a la decisión de los consejos departamentales y municipales de seguridad.

Se ordena la suspensión de los permisos para portar armas por parte de la fuerza pública. | Foto: Archivo El País

Uso del celular en el puesto de votación

Durante el período de votación, que abarca desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., está prohibido el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video en los lugares de votación. Sin embargo, esta restricción no se aplica a los medios de comunicación que deseen realizar cobertura, siempre y cuando coordinen previamente con la Registraduría para obtener autorización.

Testigos electorales

Conforme al decreto establecido, se permite la presencia de testigos electorales en los lugares de votación a partir de las 7:00 a.m. Estos testigos tienen el derecho de permanecer en el lugar hasta que finalicen los procesos de escrutinio de mesa. Para ingresar, deben mostrar su cédula de ciudadanía y la credencial correspondiente, la cual debe estar debidamente completada y firmada. Es importante tener en cuenta que la credencial de testigo electoral es de carácter personal e intransferible.

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