Economía
Si el 30 de junio cae festivo, ¿cuándo pagan la prima de mitad de año? Esto dice un experto
Conozca las fechas en las que debe recibir el dinero y las sanciones al empleador si no le da el pago a tiempo.

25 de jun de 2025, 05:54 p. m.
Actualizado el 25 de jun de 2025, 06:30 p. m.
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En junio los trabajadores reciben un pago esperado por muchos: la prima de mitad de año, un dinero extra que los empleadores deben pagar como retribución de los beneficios que obtiene del empleado.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia y del Derecho, esta prestación consiste en el pago de un mes de salario por cada año de trabajo y se divide en dos cuotas, una de ellas en junio y la otra en diciembre.
En caso de que la persona haya trabajado menos de un año en la compañía, se le debe pagar de manera proporcional al tiempo que ha permanecido laborando.

Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de mitad de año se debe pagar a todos los empleados que cumplan las condiciones máximo el 30 de junio, aunque puede ser antes.
Si usted tiene un salario fijo y quiere saber de cuanto dinero le llegará esta prestación, puede obtener el valor multiplicando su ingreso mensual con el auxilio de transporte, si lo recibe, por los días trabajados en los seis meses y dividiendo el resultado entre 360.

Provenir asegura que la fórmula que puede utilizar en estos casos es: Prima = (Salario mensual × Días trabajados) ÷ 360
Sin embargo, si su salario es por comisiones, con horas extra o si recibe porcentajes de ventas, debe primero calcular su salario sumando todo el dinero que recibe cada mes y luego lo divide entre seis. Luego, aplique la misma fórmula presentada anteriormente.
¿Qué pasa si el 30 es un día no hábil?
Juan Carlos Romero, contador público consultado por El País, explicó que si bien el 30 de junio es la fecha máxima de pago, en este caso puntal de 2025 en el que este día es festivo y por lo tanto no es un día hábil, el dinero debe ser entregado a los empleados el viernes o sábado anteriores, es decir, el 27 o 28 de junio.
Sin embargo, hay empresas que cuentan con plataformas financieras que se pueden programar para que el pago se realice el 30 de junio sin importar que sea festivo, “pero de esa fecha no se pueden pasar”.
Esta prestación la pueden recibir todos los trabajadores con contrato laboral ya sea a término fijo o indefinido, así como a los trabajadores domésticos.

Si usted cumple con todos los requisitos y su empleador no le paga la prima a tiempo “puede entablar un proceso legal ante el Ministerio del Trabajo por parte de los empleados y el empleador está en la obligación que por cada día de mora debe pagar un día de salario”, aseguró Romero.
Además, dependiendo de la demanda, una compañía puede ser sancionada con altas sumas de dinero si no realiza el pago correspondiente en las fechas establecidas a sus trabajadores.
Comunicadora social de la Universidad Santiago de Cali. He sido reportera en temas étnicos, tengo experiencia como periodista comercial y judicial. Disfruto la moda, las tendencias y soy apasionada por la lectura, el café y las buenas historias.