Economía
¿Se debe pagar el tiempo de viaje al trabajo? Mintrabajo resuelve la duda
Según el Ministerio del Trabajo, solo existen dos excepciones concretas en las que el desplazamiento hacia el sitio de trabajo, cuenta como parte de la jornada laboral.
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16 de oct de 2025, 05:57 p. m.
Actualizado el 16 de oct de 2025, 05:57 p. m.
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Desde la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, sancionada por el presidente Gustavo Petro el pasado 25 de junio, y vigente desde el 1 de julio, las conversaciones sobre derechos laborales han cobrado mayor fuerza en el país.
Una de las dudas más comunes entre los trabajadores colombianos tiene que ver con el tiempo invertido en trasladarse desde el hogar hasta el lugar de trabajo y si este debe considerarse parte de la jornada laboral.
Ante la reiterada inquietud, el Ministerio del Trabajo emitió un concepto aclaratorio para definir en qué casos ese tiempo puede ser reconocido como laboral y cuándo no. La respuesta general, según el organismo, es que los desplazamientos diarios entre casa y oficina no hacen parte de la jornada laboral, aunque existen importantes excepciones que deben tener en cuenta tanto empleadores como empleados.

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, la jornada laboral en Colombia comienza en el momento en que el empleado está disponible para cumplir con sus funciones en el lugar de trabajo designado por su empleador.
Lo que significa que el trayecto entre el domicilio y la empresa no se considera tiempo de trabajo en concreto, pues el trabajador no se encuentra bajo subordinación ni realizando actividades laborales durante ese periodo de tiempo.
En términos prácticos, el desplazamiento es una responsabilidad del empleado, lo que quiere decir que, si el trayecto dura 15 minutos o dos horas, ese tiempo no debe sumarse al cómputo de horas laborales ni ser remunerado. Dicha norma aplica para la mayoría de los contratos en el país.
Excepciones; ¿cuándo aplica, o no, un desplazamiento como parte del horario laboral?
Aunque de manera general, como se mencionó anteriormente, el tiempo que toma un trabajador en desplazarse hasta su lugar de trabajo, no cuenta como parte de su jornada laboral y tampoco se ve económicamente remunerado, el Ministerio del Trabajo recuerda dos excepciones fundamentales en las que el tiempo de desplazamiento sí debe ser reconocido.
1) La primera de ellas ocurre cuando el empleador proporciona el transporte corporativo para llevar a los trabajadores a un sitio de difícil acceso, como una obra de construcción, una planta industrial o una mina.
En esos casos, desde el momento en que el empleado sube al vehículo dispuesto por la empresa, ya se encuentra bajo subordinación, y, por tanto, ese tiempo debe computarse como laboral y ser remunerado.
2) La segunda excepción importante, aplica para las ocupaciones cuya naturaleza implica desplazamiento constante, como los mensajeros, conductores, técnicos de reparación a domicilio o vendedores puerta a puerta.
En estos casos, el movimiento entre diferentes puntos forma parte integral del trabajo, y el tiempo dedicado a esos trayectos durante el horario laboral debe reconocerse como tiempo efectivo de servicio.

No lo confunda con el auxilio de transporte
Una vez explicada ambas excepciones, el Ministerio del Trabajo, también destacó, que este tema no debe confundirse con el auxilio de transporte, el cual, es un beneficio mensual que por ley reciben los trabajadores que ganan hasta dos salarios mínimos.
Su propósito es ayudar a cubrir parte de los gastos de movilización, pero no implica que el tiempo de viaje sea considerado laboral.
La hora del almuerzo, también hace parte de las actividades que no cuentan como parte del horario laboral, ni se ven reflejadas económicamente, si bien, el empleador debe proporcionar la hora de almuerzo a sus empleados por Ley, esta no debe ser pagada.
Ariadna María Orozco, reportera de El País. Comunicadora social y periodista con experiencia en medios escritos, televisivos, radiales y digitales. Ha participado en la cobertura de eventos deportivos de relevancia nacional y en programas especiales para noticieros regionales, especialmente en el Valle del Cauca.