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Economía

Claro y Tigo tendrán que pagar millonaria multa; conozca las razones

Ambas compañías de telefonía móvil tendrán que pagar más de $1.300 millones.

16 de mayo de 2024 Por: Redacción El País
Tigo y Claro
Las decisiones formuladas por la SIC fueron adoptadas luego de que se adelantara la correspondiente investigación administrativa sancionatoria. | Foto: Cortesías Tigo y Claro

Este miércoles la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) dio a conocer que impulso multas a Claro y Tigo por 1.003.549.640 y 304.875.840 respectivamente por vulnerar los derechos de habeas data de los usuarios de las empresas. La entidad del Gobierno Nacional indicó que se presentó una “transgresión” a este derecho.

En el caso de Claro, las investigaciones se dieron por la denuncia de un ciudadano quien aseguró que presuntamente la empresa vulneró su Habeas Data por haber consultado su historial crediticio sin tener alguna autorización previa y sin haber solicitado servicio alguno para el proovedor.

“La dirección de investigaciones de Datos Personales encontró preliminarmente que la conducta de la investigada transgredía el deber de utilizar la información únicamente para los fines que le fue entregada o contando con la autorización previa por parte del titular de la información”, aseguro la SIC en un comunicado.

Las empresas operadoras de telefonía celular Claro y Tigo | Foto: Especial para El País

Mientras que en el caso de Tigo, un ciudadano también denunció que presentó múltiples peticiones que hizo entre mayo de 2019 y diciembre de 2020 en las que solicitó la eliminación de su información de las bases de datos de la compañía y la suspensión del envío de mensajes de texto con objetivo comercial y de mercadeo a su número de celular personal.

“En esta materia, la Dirección encontró que la conducta de la investigada infringía el deber de utilizar la información únicamente para los fines que le fue entregada o contando con la autorización previa por parte del titular de la información”, añadió al respecto la entidad del Gobierno Nacional.

Ambos casos sancionatorios procede el recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales y/o el de apelación ante el Superintendente delegado para la Protección de Datos Personales.

Por último, cabe mencionar que hace unas pocas semanas la misma Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) había dado a conocer una nueva decisión tomada contra Claro luego de haber recibido denuncias por irregularidades en el servicio prestado por la compañía en uno de los departamentos del país.

El organismo decidió sancionar a la sociedad Comunicación Celular S.A. y Comcel S.A., a través de la Resolución 9618 del 12 de marzo de 2024. Esta medida se tomó después de verificar en diciembre del 2021 que en el centro de atención y ventas de la capital del departamento del Amazonas, no se estaban recibiendo quejas, peticiones, o reclamos (PQR) presentadas verbalmente, sino únicamente por escrito.

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