Colombia
Presidente Petro firmó decreto que prohíbe que la Policía haga uso letal de la fuerza; ¿cómo son los cambios que comprende?
El Decreto 1231 de 2024 reglamenta el uso diferenciado y proporcional de la fuerza.
El presidente Gustavo Petro firmó el decreto 1231 de 2024, “por medio del cual se reglamenta el uso diferenciado y proporcional de la fuerza por parte de la Policía Nacional”, es decir que los uniformados “no podrán usar medidas extremas, como la fuerza potencialmente letal, para salvaguardar un bien jurídico o bienes materiales que resultan inferiores a la vida”.
La normativa, firmada también por el ministro de Defensa, Iván Velásquez, y expedida el pasado 3 de octubre, “aplica a todo el personal uniformado la Policía Nacional, como titular del uso diferenciado y proporcional de la fuerza en protección de los derechos y deberes humanos, la seguridad y la convivencia ciudadana”.
Este documento, que también involucra a la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (antiguo Esmad), indica que solo se podrá “utilizar la fuerza necesaria, proporcional y racional cuando sea imprescindible para un fin legítimo de aplicación de la ley”.
Señala que “los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no pueden usar más fuerza de la que razonablemente sea necesaria según las circunstancias para dispersar una reunión, prevenir el delito o efectuar la detención legal de delincuentes o de presuntos delincuentes o ayudar a efectuarla”.
Según el decreto, la Fuerza Pública, deberá actuar, cuando la situación lo permita, con una debida planeación antes de actuar, para contener las medidas preventivas, concomitantes y posteriores, que sean necesarias para evitar el uso de la fuerza de manera desproporcionada.
Asimismo, se deberá contar con una planeación de contingencia para las actividades diarias de la Policía, para que, en caso de situaciones extraordinarias, se prioricen los mecanismos alternativos al uso proporcional y diferenciado de la fuerza.
El texto también advierte que se debe ejecutar una fluida comunicación en la coordinación y despliegue del servicio de la Fuerza Pública, que permita la toma de decisiones en la ejecución de procedimientos o situaciones de crisis, garantizando que se cumplan con las disposiciones del decreto.