Colombia
DIAN declaró que su plataforma digital sufrió congestión pero ya restableció su servicio a los contribuyentes
La medida cobija a los contribuyentes que ayer, 12 de mayo, no pudieron presentar sus declaraciones.

13 de may de 2025, 11:39 p. m.
Actualizado el 13 de may de 2025, 11:39 p. m.
Luego de que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informará en el día de ayer 12 de mayo que sufrió una contingencia por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, “el artículo 27 del Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019, debido a incidentes técnicos de los sistemas de información”.
Hoy 13 de mayo en horas de la tarde, el Director General de la DIAN Luis Eduardo Llinás Chica, informó que el servicio ya se encuentra restablecido tras ser atendido por su equipo informático e indicó que los contribuyentes ya podrán realizar presentar declaraciones o enviar información exógena.
“En consecuencia los contribuyentes podrán presentar las declaraciones tributarias, efectuar sus correspondientes pagos y reportar información exógena tributaria a más tardar el día siguiente a aquel en que se informe que el servicio digital se encuentra estable para la presentación de las declaraciones”, aseveró el Director de la DIAN.
#LoUltimoDIAN
— DIANColombia (@DIANColombia) May 13, 2025
La #DIAN declara la indisponibilidad de sus servicios informáticos debido a incidentes técnicos.
👉 Si no pudo presentar declaraciones o enviar información exógena, podrá hacerlo hasta el día siguiente a la normalización de los servicios, sin sanción. Esta medida… pic.twitter.com/kKfzYsjVpv
Cabe recordar que esta medida, se aplica únicamente para los contribuyentes obligados a presentar declaraciones cuyo último digitó del NIT termine en 2.
En consecuencia, los contribuyentes podrán presentar las declaraciones tributarias, efectuar sus correspondientes pagos y reportar la información exógena tributaria a más tardaral día siguiente a aquel en que se informeque el servicio digital se encuentra estable para la presentación de las declaraciones y
“Para el envío de la información exógena tributaria, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad”, explicó en un comunicado.

De igual manera, la anterior disposición, también aplica para los contribuyentes obligados a presentardeclaraciones e informantes de exógena tributaria que el día 12 de mayo de 2025, no pudieron cumplir con su obligación.
Por otro lado, en cuanto a los usuarios aduaneros, estos deben dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución 46 de 2019; para el efecto, entre otros, al momento de realizar los trámites aduaneros deben reportar el hecho a través de los canales institucionales, anexando las imágenes de las pantallas que demuestren el error en el sistema.
Así mismo, tendrán que dar como la explicación del problema, y solicitar a las direcciones seccionales competentes, la autorización de trámites manuales, para atender los posibles procesos de contingencia. Una vez se levante la contingencia, se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.
“La DIAN continúa trabajando de manera ininterrumpida para estabilizar lo más pronto posible el servicio”, concluyó la entidad.