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CORTE CONSTITUCIONAL

Corte Constitucional retoma debate sobre aborto con pedido de recusación

La magistrada Cristina Pardo cuenta con una recusación en su contra debido a las múltiples posturas en las que expresó, en el pasado, reparos éticos a la sentencia de 2006, que despenalizó el aborto en tres causales.

9 de febrero de 2022 Por: Colprensa
Imagen de archivo. En los últimos años, el debate la despenalización total del aborto ha sido más frecuente en el país. | Foto: Agencia AFP

En medio de la polémica y la larga discusión sobre la posibilidad de despenalizar el aborto en Colombia, esta semana la Corte Constitucional elegirá como presidenta de este alto tribunal a la magistrada Cristina Pardo.

La magistrada, no obstante, recibirá dicha dignidad con una recusación en su contra, para que se aleje de la decisión y no pueda votar para declarar la inconstitucionalidad del artículo 122 de la ley 599 del 2000, en donde se establece que “La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses”

La recusación la presentó la Corporación Sisma Mujer. En un documento, el movimiento cita múltiples posturas en las que la magistrada Pardo expresó, en el pasado, reparos éticos a la sentencia de 2006, que despenalizó el aborto en tres causales.

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La petición sugiere recusar a la magistrada porque, al parecer, cuando fue secretaría jurídica de la Presidencia de Juan Manuel Santos, pidió excusas alegando “objeción de conciencia”, es decir, no pronunciarse en la revisión de constitucionalidad, que debía realizar previa sanción presidencial, del proyecto de ley que adoptaba medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual.

Dicho proyecto de ley que entonces debía revisar Pardo hablaba al respecto y la jurista objetó conciencia al señalar que no estaba de acuerdo con el fallo de 2006 de la Corte y que tenía reparos ético-jurídicos.

“Así las cosas, aunque los artículos del proyecto de ley podrían considerarse conformes con la Constitución Política interpretados a la luz de la Sentencia C-355 de 2006, por las razones antedichas, la suscrita no acepta esa hermenéutica constitucional, en cuanto comparte plenamente las razones recogidas en el salvamento de voto a la mencionada sentencia, que en su momento contribuyó a redactar”, dijo Pardo en escrito de junio de 2014.

“Resulta evidente que la magistrada Cristina Pardo tiene convicciones morales frente al derecho al aborto, que le impiden el cumplimiento de su obligación de examinar con neutralidad este asunto, lo cual ella misma ha reconocido al solicitar apartarse de sus obligaciones legales como funcionaria pública para proteger su conciencia usando la figura de la objeción”, dice Sisma Mujer en un documento que radicó este martes ante la Corte.

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La recusación también da cuenta de que el 25 de octubre de 2018, ya siendo magistrada de la Corte Constitucional, Pardo se reunió con miembros del Partido Conservador, con el propósito, según un correo, de dar a conocer una ponencia que había presentado que al parecer buscaba limitar el aborto.

“Las convicciones personales y morales en torno al derecho al aborto que tiene la magistrada Cristina Pardo representan una afectación a su fuero interno y a su imparcialidad y, al mismo tiempo, son de tal magnitud que se entienden actuales y constantes, pues no se tratan de opiniones ocasionales o aisladas sobre el derecho al aborto”, dice la recusación.

Y agrega que “al expresar la doctora Pardo que no podía realizar sus funciones legales como Secretaria Jurídica, debido a razonamientos ético-jurídicos que tenía frente al derecho al aborto, deja en evidencia que dichas convicciones morales son de tal magnitud que afectan claramente su fuero interno y que, por lo tanto, dificultan a tal punto el cumplimiento de sus obligaciones legales, que resulta necesario que otra persona la reemplace en sus funciones”.

De acuerdo con Sisma, Pardo, al expresar que no podía realizar sus funciones legales como Secretaria Jurídica por sus convicciones morales, obliga a que otra persona sea reemplazada para ejercer sus labores.

“Es claro que, si dichas convicciones éticas frente al derecho al aborto no fueran de tal envergadura, la doctora Cristina Pardo no hubiera objetado conciencia como Secretaria Jurídica, pues esta solicitud es realmente excepcional al implicar en todos los casos una petición de dejar de hacer una función a la que se está obligado legalmente”.

Este escrito se allega a la Corte ad portas de una nueva sesión de la Sala Plena, en la que se espera que se resuelvan 45 recusaciones presentadas en contra del conjuez Juan Carlos Henao, que piden su exclusión del debate por haberse referido en medios en el pasado en favor del aborto.

La sesión está citada para el miércoles 9 de febrero y se espera que la Sala Plena también elija presidente.

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