Colombia
Corte Constitucional reconoce legítima defensa de mujer que mató a su agresor sexual
El alto tribunal emitió la sentencia T-459 de 2024, que marca un precedente en la interpretación de la legítima defensa en casos de abuso sexual.
El tribunal falló a favor de Virgelina Aguiar Cifuentes, quien había sido condenada a 28 años de cárcel tras matar a su jefe, José Virgilio Campos, en 2000 en Ibagué.
Madre de tres hijos y proveniente de Venadillo, Tolima, Aguiar llegó a Ibagué en busca de mejores oportunidades y luego denunció que fue víctima de acoso constante y agresiones sexuales por parte de Campos, culminando en un ataque la noche del 20 de julio de 2000.
Según el fallo de la Corte, en esa ocasión Campos la forzó a mantener relaciones sexuales a punta de cuchillo. Tras el incidente, Aguiar reaccionó y, en un momento de desesperación, tomó un cuchillo de carnicería y atacó a su agresor, causándole una herida mortal en el cuello.
El camino judicial de Virgelina Aguiar antes de la intervención de la Corte Constitucional
- Primer arresto (2000): El 21 de julio de 2000, un día después del hecho, Virgelina Aguiar fue arrestada y confesó a las autoridades que había matado a Campos en respuesta a un intento de abuso sexual. En 2001, el Juzgado Sexto Penal de Ibagué la condenó a ocho años y cuatro meses de prisión por homicidio simple, al considerar que actuó bajo “ira e intenso dolor”.
- Libertad provisional y revocación (2003): En 2003, tras apelar la sentencia, el Tribunal Superior de Ibagué revocó la condena y ordenó su liberación por razones de favorabilidad. No obstante, la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación continuaron apelando la decisión.
- Nueva condena (2005): El 23 de junio de 2005, el mismo tribunal modificó su postura y ordenó una nueva condena de 28 años de prisión, argumentando que José Virgilio Campos se encontraba en estado de indefensión cuando fue asesinado. Virgelina Aguiar quedó en libertad, ya que la ejecución de la nueva condena no fue inmediata.
- Segundo arresto (2022): En 2022, casi dos décadas después de haber estado en libertad, Aguiar fue arrestada nuevamente al descubrirse que la condena de 28 años seguía vigente. Desde entonces, se encuentra en prisión en Ibagué, enfrentando el cumplimiento total de dicha sentencia.
El alto tribunal determinó que la mujer debía ser liberada, pues en su sentencia no se aplicó el enfoque de género, lo que violó los principios constitucionales sobre igualdad y no discriminación de la mujer, específicamente los artículos 13 y 43 de la Constitución, y las normas internacionales que buscan erradicar la violencia contra las mujeres.
La Defensoría del Pueblo destacó que la Corte Constitucional consideró la defensa propia aplicable no solo en el momento de la agresión, sino también como respuesta ante situaciones de violencia continua, física y/o psicológica.
#LaCorteInforma | La Corte protegió los derechos de una mujer condenada por homicidio agravado sin tener en cuenta el contexto de violencia sexual de la que fue víctima
— Corte Constitucional (@CConstitucional) November 15, 2024
Sentencia T-459 de 2024
M.P. Antonio José Lizarazo Ocampo
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