Colombia
Colombianos presos en Ecuador no serán repatriados de forma “masiva”, estas son las reglas
El Ministro de Justicia recalcó que se debe evaluar caso por caso y existen una serie de procedimientos para tal fin.
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, dio detalles sobre la solicitud del Gobierno del Ecuador de expulsar a 1.500 presos colombianos condenados en las cárceles del vecino país. Desde diciembre, el presidente del vecino país, Daniel Noboa, explicó que expulsará a cientos de reclusos extranjeros.
Sobre este anuncio, Osuna confirmó que recibió una comunicación oficial escrita de la Ministra de Asuntos Exteriores del Ecuador sobre el tema y manifestó la voluntad del Gobierno colombiano de cooperar.
”Tenemos plena disposición a cooperar en una situación que puede tener un talante humanitario que personas colombianas condenadas y privadas en Ecuador puedan pagar la pena que les falte en una cárcel cerca de su entorno familiar”, explicó.
Incluso, explicó que esas repatriaciones de presos están contempladas en el Derecho Internacional Humanitaria. Si bien son una práctica cotidiana de las autoridades, el año pasado se recibieron 10 solicitudes, de las cuales siete fueron aprobadas.
De hecho, el Ministro recalcó que nunca habían recibido una petición masiva, por lo que se debe evaluar caso por caso. ”Estamos dispuestos a recibir las solicitudes que vengan, tenemos que evaluar caso por caso y uno a uno en un procedimiento que haremos el esfuerzo por abreviarlo, pero con los pasos de la legislación”, añadió.
“Una situación masiva como la que ha comunicado el gobierno de Ecuador nunca ha ocurrido. Entendemos la situación pero nuestra legislación nos obliga a estudiar caso por caso y mirar en cuáles proceden y cuáles no, siempre que la iniciativa venga del privado de la libertad porque la repatriación es voluntaria”, aclaró el Ministro.
Asimismo, explicó que existen una serie de requisitos para este trámite, entre los que están: la solicitud debe presentarse de forma oficial mediante un escrito y con toda la documentación de la persona privada de la libertad. También se requiere que haya pagado más de la mitad de la pena y que el Gobierno donde el preso se encuentra recluido avale su traslado.