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POLICIA NACIONAL

Ordenan a Policía suspender uso de gas lacrimógeno y otros agentes químicos

El juzgado argumentó que este tipo de sustancias pueden contribuir a que se propague el covid-19. Mindefensa pidió revisar el fallo.

1 de noviembre de 2020 Por: Redacción de El País, con información de Colprensa
Un miembro del Esmad de la Policía lanza gases lacrimógenos para disolver disturbios en la Universidad del Valle. | Foto: Jorge Orozco / El País

Tras considerar que el uso de sustancias químicas como el gas lacrimógeno pueden ayudar a propagar el covid-19 o poner en mayor riesgo la salud de un posible contagiado, el juez quinto laboral de Bogotá ordenó al Gobierno suspender el uso de este y otros agentes químicos durante la pandemia.

El fallo, proferido el pasado 29 de octubre y conocido en las últimas horas, responde a una tutela interpuesta por un ciudadano que consideró vulnerados los derechos fundamentales a la vida y a la salud suyos y de quienes "hacen uso del derecho constitucional a reunirse y manifestarse públicamente y pacíficamente" .

Argumenta que el uso de este tipo de agentes "provocan un bloqueo de la función respiratoria induciendo al ahogamiento", lo que aumenta la propagación de la enfermedad y pidió entonces que se suspenda este tipo de armas menos letales "hasta que la Nación se declare libre de covid-19" o "se garantice el derecho a una vacuna efectiva sin ninguna discriminación".

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Las razones

Tras evaluar lo expuesto por las partes implicadas, el juez citó un estudio de la Universidad de Valparaíso en Chile sobre los efectos del gas lacrimógeno en la salud humana y los conceptos solicitados a las facultades de medicina de las universidades de Antioquia, Nacional y Javeriana, además de la Fundación Neumológica Colombiana.

"Resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo (...) o bien porque la situación de los manifestantes asintomáticos, al ser objeto de esta sustancia, los llevaría indudablemente a propagar el virus en su entorno", concluyó.

Por lo anterior, reflexionó que "si la esencia de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional es la de prevenir y controlar la propagación del coronavirus covid-19 y mitigar sus efectos, esta decisión se encontraría acorde condichos fines y objetivos".

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Con base en lo expuesto, el juez ordenó de forma inmediata "suspender el uso de los agentes químico (como) dispositivo lanzador de pimienta con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido; granadas con carga química; granadas fumígenas; cartuchos con carga química; cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante", prohibición que estaría vigente mientras dure la emergencia sanitaria.

El togado exhortó además a la Presidencia de la República, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional a que "debatan seriamente la necesidad de mantener el uso de agentes químicos o determinar su prohibición absoluta", puesto que estos gases ponen en riesgo no solo a manifestantes, transeúntes y ciudadanía en general, sino a los mismos integrantes de la fuerza pública.

Resaltó, sin embargo, que "resulta esencial la responsabilidad social de los manifestantes quienes deben impedir que grupos violentos infiltren la protesta pacífica y la desnaturalicen".

Gobierno pide revisar fallo

El Ministerio de Defensa informó que hará uso de las herramientas disponibles en el ordenamiento jurídico con el fin de que se realice una evaluación al fallo de tutela emitido por el juzgado.

“El uso de armas menos letales por parte de la Policía Nacional se realiza de conformidad con las normas internacionales de protección a los derechos humanos y los protocolos y reglamentos internos que para el efecto existen", argumentó la cartera.

Añadió que "La utilización de armas, municiones y elementos menos letales está amparada en el marco jurídico internacional, del cual hacen parte los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. Se trata de armamento autorizado y utilizado por otros cuerpos de policía en el mundo".

El ministerio aseguró que es respetuoso de la independencia judicial, de la división de poderes y de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales y reiteró que el Gobierno es respetuoso y garante del derecho a la manifestación pacífica y ejerce la autoridad legítima del Estado en caso de violencia o vandalismo.

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