Colombia
Listo el proyecto de decreto para regular cannabis y coca con fines médicos y científicos
El Ministerio de Justicia publicó el borrador de un decreto con el que regula la autorización de posesión, cultivo y uso de semillas de amapola, coca y cannabis.
El Gobierno ya dio a conocer el proyecto de decreto con el que se pretende regular la posesión, cultivo y semillas de coca, amapola y cannabis. El decreto, que estará publicado en la página del Ministerio de Justica para observaciones de la ciudadanía, es aplicable a nivel nacional y busca impulsar actividades con propósitos médicos, científicos e industriales.
No obstante, este borrador estará sujeto a modificaciones hasta el próximo 14 de diciembre, y cuando sea aprobado, que el Gobierno espera que sea este mismo año, tendrá validez en todo el país.
Vale la pena aclarar que para evitar que con este proyecto se cuelen actores ilegales como narcotraficantes, que son quienes hoy en día se lucran de las economías ilícitas, el decreto establece la creación de un comité para evaluar, dar seguimiento y controlar autorizaciones y licencias relacionadas con estupefacientes.
¿Cómo se obtiene esta autorización?
Según el Ministerio de Justicia, la obtención de la licencia para el cultivo de plantas como la amapola y la coca, así como la autorización para el uso de plantaciones de amapola, cannabis y coca, y la solicitud de permiso para poseer semillas de amapola y coca, requieren la participación esencial de dos componentes: una entidad pública (alcaldía, gobernación, entidades nacionales o cabildos) y organizaciones campesinas o comunidades étnicas situadas en áreas afectadas por el conflicto armado y el narcotráfico.
¿Y el sector privado?
Si bien el decreto deja claro que las licencias únicamente se darán a entidades públicas, se contempla la posibilidad de que el sector privado entre como socio inversionista.
¿Qué beneficios tiene estas licencias?
Las licencias posibilitan la transformación de plantas, actualmente vinculadas al narcotráfico, en materias primas para la fabricación de productos legítimos, tales como pinturas, alimentos, cosméticos, fertilizantes, gaseosas, entre otros.
“Lo que busca esencialmente este decreto es contribuir a los procesos de reconversión económica y desarrollo rural, bajo un enfoque de justicia social. Es indispensable que las organizaciones campesinas y comunidades étnicas ubicados en territorios con incidencia del conflicto armado y el narcotráfico puedan usar estas plantas para la generación de una industria lícita, con la supervisión y el apoyo del Estado. Ellos deben ser los principales beneficiados con la regulación de los usos lícitos de las plantas que han estado al servicio del narcotráfico”, afirmó el ministro de Justicia, Néstor Osuna.
La responsabilidad de las entidades públicas incluye la verificación de permisos y normativas, así como la destrucción controlada de materiales al finalizar las actividades autorizadas o licenciadas. Se deberá realizar la destrucción de las semillas, plantas, los derivados y los productos que no cuenten con autorización para seguir haciendo uso de ellos.
¿Cuánto tiempo duran las licencias?
La vigencia de las autorizaciones se extiende hasta cinco años, renovables con solicitud previa. El Consejo Nacional de Estupefacientes, presidido por el ministro de Justicia, puede ajustar la vigencia según la naturaleza de las actividades.
Requisitos para poseer semillas de amapola y coca
2. Presentar los detalles del proyecto: incluyendo objetivos, justificación, origen legal de las semillas, actividades específicas (indicando si involucran semillas de coca y/o amapola), y su aplicación en cada fase. También, especificar la ubicación detallada con coordenadas georreferenciadas, número de folio de matrícula inmobiliaria, si existe, cantidad estimada de semillas con razón justificada y, en casos de estimación no posible, una explicación correspondiente.
3. Identificar a los responsables, indicando si la entidad realizará las actividades directamente o a través de terceros, especificando áreas o dependencias responsables y terceros involucrados.
Requisitos para licencia de cultivo de amapola y coca.
- 1. Presentar la solicitud a través del representante legal o funcionario competente de la entidad pública ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Estupefacientes.
- 2. Incluir un proyecto o descripción detallada de la actividad, abordando objetivos generales y específicos, justificación de la necesidad, fuente legal de las semillas, cantidad proyectada de hojas de coca, opio o paja de adormidera, actividades específicas, y la forma de empleo en cada etapa del proyecto.
- 3. Identificar el área de cultivo, incluyendo departamento, municipio, corregimiento, vereda, caserío o barrio, junto con el número de folio de matrícula inmobiliaria y coordenadas de georreferenciación.
- 4. Establecer la cantidad aproximada de semillas y plantas requeridas, justificando la estimación. En casos donde no sea posible estimar, se debe indicar expresamente con la respectiva justificación.
- 5. Identificar a los responsables, especificando si la entidad pública realizará las actividades directamente o a través de terceros, detallando áreas o dependencias responsables y terceros involucrados.
- 6. Aclarar expresamente la intención de realizar o no actividades comerciales en el momento de la solicitud para fines científicos de investigación.
- 7. En caso de solicitud para fines médicos, indicar la indicación terapéutica aprobada a nivel nacional o internacional por autoridades sanitarias o mediante el marco normativo interno que permita su uso médico.
Requisitos para autorización de uso de plantaciones de amapola, cannabis y coca
- 1. Solicitud presentada por el representante legal o funcionario competente de la entidad pública ante la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Estupefacientes.
- 2. Proyecto o descripción detallada de la actividad, indicando objetivos generales y específicos, cantidad proyectada de sustancias a obtener y justificación del proyecto.
- 3. Detalles sobre las actividades específicas, incluyendo plantas de amapola, cannabis y/o coca, y cómo serán utilizadas en cada etapa del proyecto.
- 4. Lugares de ubicación de las plantaciones y criterios de focalización.
- 5. Identificación de responsables, ya sea que la entidad pública realice las actividades directamente o a través de terceros.
- 6. Aclaración sobre actividades comerciales en el momento de la solicitud.
- 7. En el caso de uso medicinal, indicación terapéutica aprobada por autoridades sanitarias nacionales o internacionales.
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